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Desvía Xico el erario a pago de vuelo a ex funcionario

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Victoria paga vuelo a ex funcionario de Xico

*Aunque ya no era funcionario municipal, sino de CONAFE costeó al menos uno de sus viajes con dinero del erario victorense

Daisy Verónica Herrera Medrano
Reportera

El Gobierno de Victoria ha costeado – con dinero público – viajes de familiares y amigos del Alcalde Xicoténcatl González Uresti, sin justificación legal aparente.

Este medio ha dado cuenta del gasto en lujosos hoteles, ubicados en playas paradisiacas que el equipo cercano del Alcalde y él mismo han cargado al erario público, pero también, de cómo se ha gasto el dinero de los victorenses en viajes de personas ajenas a la función pública municipal.

Es el caso que delata la factura con número de folio 00347516 expedida por la aerolínea Transportes Aeromar el 20 de Noviembre de 2019, por un boleto de avión a nombre de Felipe Eduardo San Martín, pagado por el Gobierno de Victoria, cuando él ya no laboraba en el Municipio.

La facturación revela que el vuelo fue el día 12 de noviembre de 2019, es decir, casi un mes después de que San Martin dejó el cargo de Director de Análisis y Estrategia que ocupó por un año y que le dejó ingresos mensuales por 50 mil 764 pesos.

El boleto de avión costó 5 mil 860 pesos, la forma de pago fue una transferencia electrónica en una sola exhibición y la fecha de certificación del Servicio de Administración Tributaria (SAT) fue el 20 de noviembre de 2019.

La declaración patrimonial inicial que presentó San Martín a su llegada como Delegado Estatal al Consejo Nacional de Fomento Educativo (CONAFE) el 21 de noviembre de 2019, detalla que la fecha de inicio en el cargo fue el 20 de Octubre de 2019 y que tiene ingresos mensuales por 50 mil pesos, es decir, un mes después de haber entrado a CONAFE aún gozaba de los privilegios de la nómina municipal.

El Capítulo 7 del Código Penal para el Estado de Tamaulipas establece en el artículo 218 fracción II, que comete peculado todo servidor público que para usos propios o ajenos distraiga de su fin destinado dinero, valores, fincas o cualquier otra cosa perteneciente al Estado o al Municipio, a un organismo descentralizado o a un particular, si por razón de su cargo los hubiere recibido en administración, en depósito o por cualquier otra causa.

En el artículo 219, del mismo código se señala que cuando el monto de lo distraído o de los fondos utilizados indebidamente no exceda de tres mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización o no sea valuable, se impondrán de dos a seis años de prisión, multa de cien a cuatrocientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización y destitución e inhabilitación de tres a seis años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.

 

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