Niegan libertad a Rómulo “N”, el
extitular de Sebien de C. de Vaca
Rómulo Garza Martínez exSecretario de Bienestar Social del gobierno de Francisco García Cabeza de Vaca demandó su libertad “inmediata” ante “la tortura y tormento que genera la prisión preventiva justificada que le fue impuesta como medida cautelar por la Jueza de Control del Primer Distrito Judicial, dentro de la Primera Región del Estado de Tamaulipas en la audiencia inicial de imputaciónbajo la carpeta procesal CP/0087/2024″.
En el juicio de amparo 83/2025 que promovió el exfuncionario cabecista ante el Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de San Luis Potosí, le fue negada la demanda de libertad.
DENUNCIÓ SECUESTRO Y LA PRISION SE LO RECUERDA
El pasado 16 de enero la Fiscalía General del Estado de San Luis Potosí informó la cumplimentación en colaboración con la Fiscalía de Tamaulipas, de una orden de aprehensión en contra de Rómulo “N” por el delito de uso ilícito de atribuciones y facultades.
En el juicio de amparo, Rómulo -dice el documento del cual este reportero tiene copia- “refiere que es objeto de tortura y tomento físico, psicológico y emocional, derivado de la prisión preventiva justificada que le fue impuesta; lo anterior, pues refiere que el veintiocho de enero del dos mil diez, fue secuestrado y torturado por un grupo delincuencial del crimen organizado durante diez días, tiempo en el cual fue desnudado, vendado y amagado en una cajuela día y noche, apoderándose de todo su patrimonio, para posteriormente haber sido dejado en libertad en condiciones inhumanas. Por lo que refiere que con la medida cautelar impuesta, la autoridad responsable revive los trastornos y tormentos derivados de la privación ilegal de su libertad”.
LE NIEGAN LA LIBERTAD
La Jueza señala:
-No se advierte que los actos reclamados se traten de alguno de los previstos por los artículos 15 y 126, primer párrafo, de la Ley de Amparo, ya que no se trata de ninguno que importe peligro de privación de la vida, ataques a la libertad personal fuera de procedimiento, incomunicación, deportación o expulsión, proscripción o destierro, extradición, desaparición forzada de personas o alguno de los prohibidos por el artículo 22 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como la incorporación forzosa al Ejército, Armada o Fuerza Aérea nacionales, motivo por el cual SE NIEGA LA SUSPENSIÓN DE PLANO Y DE OFICIO SOLICITADA.
PRESO EN EN EL PENAL DE VICTORIA
El Extitular de Sebien señala en el juicio de amparo que amparo que fue la Jueza de Control del Primer Distrito Judicial, dentro de la Primera Región del Estado de Tamaulipas quien le impuso la medida cautelar en audiencia inicial de imputación que se llevó en la carpeta procesal CP/0087/2024, además que, con motivo de dicha medida, se encuentra recluido en el Centro de Ejecución de Sanciones con residencia en Ciudad Victoria, Tamaulipas, es óbice que los actos reclamados tiene ejecución material.
La Jueza determinó la incompetencia en el caso y ordenó remitirlo al Juzgado de Distrito en el Estado de Tamaulipas, con residencia en Ciudad Victoria, en turno, al ser quien ejerce jurisdicción en la expresada demarcación territorial y para que resuelva lo que estime procedente, conforme a lo dispuesto por el numeral citado de la Ley de Amparo.

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