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Sigue pleito vs jueces “carnales” de C. de Vaca

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Sigue el pleito judicial contra los jueces carnales de Cabeza de Vaca

Por Redacxión

Ciudad Victoria, Tamaulipas. – La Fiscalía Especializada en Delincuencia Organizada (FEMDO) intensificó sus ataques en contra de los jueces y “magistrados carnales” del exgobernador de Tamaulipas, Francisco Javier García Cabeza de Vaca, pero se niegan a retirarse de los juicios.

El aparato federal presentó una nueva recusación que pone en la mira al Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito, al que se acusa de operar a favor del exgobernador.

La controversia gira en torno a los expedientes 1/2025 (Excusas e Impedimentos) y 29/2025 (Impedimento Penal), ambos radicados en tribunales colegiados de Reynosa y Ciudad Victoria, respectivamente.

En el centro de la disputa están los magistrados y secretarios en funciones de magistrados que, según la FEMDO, han favorecido al exmandatario panista y su familia con resoluciones que ordenaron el desbloqueo de cuentas bancarias bajo investigación por lavado de dinero.

En el expediente 29/2025, el Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Décimo Noveno Circuito, con sede en Ciudad Victoria, rechazó por unanimidad la solicitud de recusación promovida por la Fiscalía Especializada, que pedía apartar del caso al Magistrado Carlos Gutiérrez López y a los secretarios en funciones de magistrados Irma Graciela García Salas y Jesús Adrián Perales Hernández, integrantes del Segundo Tribunal Colegiado de Reynosa.

La agente del Ministerio Público federal argumentó que estos funcionarios judiciales habían favorecido en diversas sentencias a Cabeza de Vaca, su madre y su hermano, al ordenar suspensiones y amparos que revocaban el congelamiento de cuentas impuesto por la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), incluso desestimando solicitudes de cooperación de autoridades estadounidenses.

La fiscalía enumeró al menos cinco resoluciones dictadas por ese tribunal en las que el exgobernador resultó beneficiado, pese a estar bajo investigación en México y Estados Unidos.

Afirmó que el magistrado Gutiérrez López soslayó jurisprudencia de la Suprema Corte, varió la litis y suplantó ilegalmente la queja de los amparos, además de otorgar suspensiones sin requisitos legales, lo cual constituiría una pérdida de imparcialidad conforme al artículo 51, fracción VIII de la Ley de Amparo.

Sin embargo, los magistrados concluyeron que no existen elementos objetivos que acrediten parcialidad y advirtieron que el solo hecho de que un juez haya resuelto previamente un asunto relacionado no lo convierte en impedido para conocer otros casos similares, aún si el resultado fue favorable para alguna de las partes.

En su defensa, el magistrado Gutiérrez López sostuvo que incluso votó en contra en dos de los casos cuestionados y que su adscripción al tribunal inició en 2024, después de algunos de los fallos impugnados.

Asimismo, el tribunal descartó que los secretarios actuaran sin independencia o bajo sometimiento, pues fueron legalmente habilitados como magistrados provisionales por el Consejo de la Judicatura Federal (CJF).

En un llamado de atención, el tribunal se reservó el derecho a imponer sanciones futuras a la fiscalía si continúa presentando excusas sin pruebas, al considerar que este tipo de recusaciones podrían entorpecer la administración de justicia.

PARA ENTENDERLO:

El Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Décimo Noveno Circuito, con sede en Ciudad Victoria, resolvió el expediente 29/2025, desechando la recusación (impedimento) promovida por la Fiscalía Especializada en Delincuencia Organizada contra:

Carlos Gutiérrez López, magistrado del Segundo Tribunal Colegiado de Reynosa

Irma Graciela García Salas y Jesús Adrián Perales Hernández, secretarios en funciones de magistrados en ese mismo tribunal

¿Qué alegó la Fiscalía?

Que esos jueces han resuelto varios amparos y suspensiones en favor de Francisco García Cabeza de Vaca, su madre y su hermano, pese a estar sujetos a investigaciones por lavado de dinero en México y EE.UU.

Que dichas resoluciones violan jurisprudencia, suplían indebidamente las quejas, y concedían suspensiones sin requisitos legales.

Que existe una pérdida de imparcialidad y una actuación en bloque en favor del exgobernador.

¿Qué resolvió el tribunal?

Declaró infundada la recusación, señalando que:

No hay pruebas objetivas de parcialidad.

Haber resuelto previamente a favor del quejoso no implica conflicto de interés.

El juez Gutiérrez votó en contra en algunos de los casos señalados.

Los secretarios en funciones de magistrados fueron legalmente designados y tienen autonomía jurídica.

No impuso sanciones a la Fiscalía, pero la apercibió de que futuras recusaciones sin pruebas podrían ser sancionadas con multa.

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