Cárcel a quien se quite el condón
Redacción
Ciudad Victoria, Tamaulipas.- Retirar o dañar deliberadamente un preservativo durante una relación sexual sin el consentimiento de la otra persona podría castigarse con penas de tres a siete años de prisión en Tamaulipas, de acuerdo con una iniciativa presentada por el diputado de Morena, Sergio Arturo Ojeda Castillo, ante el Congreso del Estado.
La propuesta busca incorporar el artículo 268 Bis al Código Penal de Tamaulipas para equiparar esta conducta, conocida como stealthing, al delito de abuso sexual, bajo el argumento de que el consentimiento no implica únicamente aceptar un encuentro íntimo, sino también las condiciones bajo las cuales se desarrolla.
De acuerdo con el proyecto, cuando una persona acepta mantener relaciones sexuales con la condición expresa de utilizar preservativo, retirar el condón sin autorización o deteriorarlo deliberadamente representa una transgresión a su libertad y autonomía sexual.
“El consentimiento sexual no solo abarca la aceptación del acto, sino las condiciones bajo las cuales se otorga, entre ellas el uso de métodos de barrera”, establece la exposición de motivos de la iniciativa.
El planteamiento contempla una pena de tres a siete años de prisión para quienes incurran en esta práctica. Además, propone incrementar la sanción hasta en una mitad cuando la conducta provoque un embarazo o derive en la transmisión de una infección de transmisión sexual.
La iniciativa parte del principio de que aceptar una relación sexual no significa autorizar cualquier comportamiento durante su desarrollo. Por ello, pretende establecer una disposición específica que permita sancionar a quien incumpla deliberadamente el acuerdo de utilizar un preservativo.
El stealthing puede presentarse cuando una persona se retira el condón durante el encuentro sin que su pareja lo sepa o lo haya autorizado, cuando lo daña intencionalmente o cuando simula utilizarlo pese a que ambas partes habían establecido esa condición como indispensable para mantener relaciones sexuales.
Entre los argumentos expuestos por el promovente se encuentran los riesgos físicos y emocionales que puede enfrentar una persona expuesta a esta conducta.
El documento advierte que retirar o alterar un preservativo sin consentimiento puede incrementar el riesgo de embarazos no planeados y de infecciones de transmisión sexual, incluido el VIH, al eliminar o reducir la protección que motivó la decisión de mantener el encuentro.
También señala posibles consecuencias psicológicas, como sentimientos de traición, culpa y vergüenza, además de ansiedad y trastornos asociados con experiencias traumáticas.
La exposición de motivos sostiene que esta práctica puede normalizarse en determinados espacios digitales y contenidos pornográficos, donde se presenta como una expresión de dominio, pese a que supone ignorar una condición establecida por la otra persona.
Bajo esa perspectiva, la iniciativa plantea que la protección jurídica debe contemplar tanto a mujeres como a hombres, debido a que cualquier persona puede ser víctima de una conducta de esta naturaleza.
El proyecto también considera el supuesto en el que una mujer retire o dañe deliberadamente un preservativo sin que su pareja lo sepa, con la posibilidad de exponerlo a una infección o provocar un embarazo no consentido bajo esas circunstancias.
Para sustentar la propuesta, el legislador hace referencia a experiencias internacionales en las que autoridades judiciales o legislativas han abordado el retiro no consentido del preservativo y la relevancia de las condiciones bajo las cuales se otorga el consentimiento sexual.
Entre los países y territorios mencionados se encuentran Suiza, Alemania, España, Canadá, Chile, Colombia, Argentina y California, en Estados Unidos.
En particular, el documento cita el caso de Alemania para señalar que las condiciones acordadas durante una relación sexual pueden ser relevantes al momento de analizar si se respetó la decisión de las personas involucradas.
Con la adición del artículo 268 Bis, Ojeda Castillo busca que el Código Penal de Tamaulipas reconozca expresamente el stealthing y establezca consecuencias penales para quienes incurran en esta práctica.



