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Regresaría Tribunal Junta de Coordinación Política del Congreso al PAN

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Regresaría Tribunal Junta
de Coordinación Política del

Congreso al PAN

Ciudad Victoria.-
El Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Decimonoveno Circuito, con sede en esta ciudad,  admitió el recurso de revisión, interpuesto por el grupo parlamentario del PAN en contra del decreto 65-504 mediante el cual el Congreso de Tamaulipas determinó otorgar la Junta de Coordinación Política a la diputación de Morena.
El juicio de amparo 248/2023, fue promovido por Félix Fernando García Aguiar, Luis René Cantú Galván, Liliana Álvarez Lara, Carlos Fernández Altamirano, Myrna Edith Flores Cantú, Edmundo José Marón Manzur, Lidia Martínez López, Marina Edith Ramírez Andrade, Leticia Vargas Álvarez, Nancy Ruiz Martínez, Danya Silva Arely Aguilar Orozco, Nora Gómez González, Ángel de Jesús Covarrubias Villaverde y Nora Gudelia Hinojosa García, contra actos del Congreso del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas en la búsqueda de recuperar el liderazgo del PAN en el Congreso de Tamaulipas.
LA HISTORIA DEL DEBATE
 El pasado mes de enero, la bancada de Morena logró recuperar la presidencia de la Junta de Coordinación Política del Congreso de Tamaulipas con el apoyo de dos diputadas panistas y uno de Movimiento Ciudadano.
El control legislativo lo tenía el  Partido Acción Nacional desde marzo del 2022 después de que dos legisladoras de Morena decidieron cambiar de bando político y votaron junto al PAN.
JUEZ NIEGA SUSPENSION DEFINITIVA Y PAN PRESENTA QUEJA
 
 
El pasado mes de abril, el Juez negó la suspensión definitiva a los panistas, que presentaron dos quejas ante el Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Decimonoveno Circuito, con sede en esta ciudad, donde actualmente se procesa el caso.
El decreto  65-504 mediante el cual el Congreso de Tamaulipas determinó otorgar la Junta de Coordinación Política a la diputación de Morena reformó la Ley sobre la Organización y Funcionamiento Internos del Congreso del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, destacando:
ARTÍCULO 29.
1. La Junta de Coordinación Política se integra con los coordinadores de cada grupo parlamentario, con los  representantes de las fracciones parlamentarias, así como de los titulares de las representaciones  partidistas.
2. Será Presidente de la Junta por la duración de la Legislatura, el Coordinador del Grupo Parlamentario del  partido  político que haya obtenido más votos en el Estado, en la elección correspondiente a la Legislatura
en turno.
-ARTÍCULO 33.
1. La …
2. La Junta de Coordinación Política, adoptará sus decisiones por mayoría absoluta, donde los  coordinadores de los Grupos Parlamentarios y coordinadores de las Fracciones Parlamentarias representarán tantos votos como integrantes tenga su partido político, tomándose en cuenta a su vez el  voto del representante de partido. En caso de empate, quien ocupe la Presidencia de la Junta de  Coordinación Política, contará con el voto decisorio.

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