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Niega Juez amparo al alcalde de Reynosa

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El Juez Decimosegundo de Distrito negó la protección de la justicia federal al alcalde de Reynosa Carlos Victor Peña Ortiz contra la orden de aprehensión, presentación, comparecencia, citación y  detención, así como su ejecución, dictadadentro de la carpeta  procesal CP/0017/2021 de la Fiscalía General de Justicia de Tamaulipas.
De acuerdo al juicio de amparo 1119/2023 -del que ese reportero tiene copia- el alcalde solicitó al Juez  “conceda la suspensión provisional   para  que las autoridades responsables no muestren ignorancia  jurídica respecto de la medida cautelar concedida y, en  vulneración de mis derechos fundamentales se ponga en  riesgo mi integridad corporal…”.
El alcalde había solicitado  “que las cosas se mantengan en el estado que actualmente guardany que los responsables ejecutores se abstengan de realizar cualquier privación aun momentánea de mi libertad personal”, con base a la preseunción de inocencia.
JUEZ LE NIEGA AMPARO
Según la resolución del Juez Federal, señala:
RESUELVE: PRIMERO. Se niega la suspensión definitiva a…, (Carlos Peña Ortiz) respecto del acto que reclamó de la autoridad responsable precisada en el considerando tercero, por los motivos ahí expuestos. SEGUNDO. Captúrese esta resolución en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes (SISE).Notifíquese. Así lo resolvió y firma Jorge Humberto Castellanos Medellín, Juez Decimosegundo de Distrito en el Estado de Tamaulipas, quien actúa con Rodolfo Moisés Terrazas, Secretario que autoriza y da fe. DOY FE. [Firmas electrónicas]
ESTO DERIVÓ EN QUE EL ALCALDE PERDIERA SUS DERECHOS POLITICOS
El debate de la candidatura de Carlos Peña es si puede o no ir a la reelección.
REQUISITOS PARA SER CANDIDATO
El artículo 13 de los Lineamientos de Registro, establece, que de conformidad con lo dispuesto por
los artículos 185 y 186 de la Ley Electoral Local, 26 y 28 del Código Municipal para el Estado de
Tamaulipas, serán requisitos en la postulación de las candidaturas a integrantes de los ayuntamientos, los
siguientes:
XIII. No encontrarse suspendida de sus derechos políticos-electorales, por sentencia firme que
imponga una sanción privativa de la libertad o que determine como pena dicha suspensión;
El artículo 13 de los Lineamientos de Registro del Ietam, establece, que de conformidad con lo dispuesto por los artículos 185 y 186 de la Ley Electoral Local, 26 y 28 del Código Municipal para el Estado de Tamaulipas, se deben cumplir con 16 requisitos en la postulación de las candidaturas a integrantes de los ayuntamientos.
Entre estos:
III. Contar con inscripción en el Registro Federal de Electores en el Municipio motivo de la elección y con credencial para votar con fotografía.
Requisito con el que no cumple el alcalde de Reynosa, según el expediente SM-JDC-128/2024 interpuesto por Carlos Peña ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, por negarle renovar una credencial de elector que sustituya una vencida.
También:
XIII. No encontrarse suspendida de sus derechos políticos-electorales, por sentencia firme que imponga una sanción privativa de la libertad o que determine como pena dicha suspensión.
Estos le fueron suspendidos al alcalde por el INE a solicitud del juez de control de la Tercera Región Judicial con residencia en San Fernando, Alejandro Federico Hernández Rodríguez, y que se notificó a través de estrados en la Junta Distrital 02 de Reynosa.

 

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