Local

Cancelan contagios eventos masivos, conciertos y antros

0

 

Cancelan contagios eventos

masivos, conciertos y antros
Ciudad Victoria.-
El nuevo acuerdo anti Covid-1 publicado este sábado en el periódico oficial, decretó que todos los municipios del estado regresan a Fase I y señaló un “apretón” a las restricciones  que cancela los eventos masivos, reduce el horario de venta de alcohol y restringe horarios y aforo en bares, restaurantes,  prohibe la entrada de niños menores de 12 años a centros comerciales y cancela conciertos y antros.
Ante la cuarta ola de contagios y de la nueva variante Ómicron, el decreto anti COVID-19 publicado este sábado,  determinó cancelar el aforo de los eventos masivos  lo que “pegará” a las precampañas electorales a la gubernatura que ofícialmente comenzaron el pasado 2 de enero y concluyen el 10 de febrero.

RESTAURANTES

Restaurantes y servicios de preparación de alimentos con bebidas.
Capacidad al 70%
Servicio de lunes a domingo de las 6:00hasta las 24:00 horas
Queda prohibido el ingreso a toda persona sin cubrebocas.
Se permite la venta de alcohol hasta la 23:00horas
Prohibido servicio de buffete.
Seguir los protocolos establecidos.
Distintivo de establecimiento seguro.

TIANGUIS

Tianguis, Puestos fijos y semifijos.
Capacidad de instalación de tianguistas al 50%.
Responsabilidad del municipio del cumplimiento de esta capacidad.
Capacidad de visitantes al 50%
Queda prohibida la venta a toda persona sin cubrebocas.
Sin restricción de horario
Cada puesto deberá estar distanciado al menos 5 metros uno de otro y se prohíbe la venta a personas que no porten cubrebocas, no se apliquen gel antibacterial y no guarden la sana distancia.
Seguir los protocolos establecidos.

HOTELES

Hoteles y servicios de alojamiento temporal
Capacidad al 75%, incluida áreas lúdicas.
Uso de alberca por horarios, solo para huéspedes.
Restaurante al 75%
Servicio de buffete sólo ejecutado de manera asistida por personal con equipo de protección.
Los alimentos deberán contar con cubiertas de protección.
Servicio al cuarto.

TIENDAS

Comercio al por menor en tiendas de autoservicio
Una persona por familia.
Capacidad de servicio al 75%
Queda prohibida la venta a toda persona sin uso de cubrebocas.
Con la utilización del 100% de las cajas y/o no mantener más de 3 personas por fila para pagar.
Sin restricción de horario.
Establecer medidas de protección específicas a favor de mujeres embarazadas, adultos mayores y niños, pudiendo fijar horarios especiales de atención y permitir el ingreso de una persona adicional que los auxilie.
Venta de alcohol de lunes a viernes hasta las
22:00 horas, sábado hasta las 20:00 horas.
Prohibida la venta de alcohol los domingos.
Seguir los protocolos establecidos.
Distintivo de establecimiento seguro.

PLAZAS COMERCIALES

Comercio al por menor en tiendas departamentales y plazas comerciales
Una persona por familia.
Capacidad de servicio al 75%.
Queda prohibida la venta a toda persona sin uso de cubrebocas.
Control de entradas y salidas de personas del establecimiento.
Sin restricción de horario.
Queda prohibido el acceso a niños menores de
12 años.
Venta de alcohol de lunes a viernes hasta las 22:00 horas, sábado hasta las 20:00 horas.
Prohibida la venta de alcohol los domingos.

ABARROTES

Comercio al por menor de abarrotes, alimentos, bebidas, hielo y tabaco para el esparcimiento y otros artículos de uso personal
Horario de venta al público desde las 6:00horas
hasta las 24:00 horas.
Venta de alcohol de lunes a viernes hasta las
22:00 horas, sábado hasta las 20:00 horas.
Prohibida la venta de alcohol los domingos.

DEPOSITOS

Depósitos
Horario de venta al público hasta las 24:00 horas.
Venta de alcohol de lunes a viernes hasta las 22:00 horas, los sábado hasta las 20:00horas.
Prohibida la venta de alcohol los domingos.
Distintivo de establecimiento seguro.

MICROS

Transporte público
50% de la capacidad del vehículo.
Queda prohibidos el ingreso de pasajeros sin uso de cubrebocas.

BANCOS Y CINES

Bancos Capacidad de servicio al 75%
Cines
Apertura al 70% de su capacidad por sala, garantizando la sana distancia.
Uso de cubrebocas obligatorio.
Apertura del área de dulcería y cafetería para venta de alimentos de lunes a domingo hasta las 24:00 horas.
Seguir los protocolos establecidos.
Distintivo de establecimiento seguro.

IGLESIAS

Iglesias
Capacidad de servicio al 75% con el respeto de sana distancia entre personas y bancas.
Un solo acceso.
Una persona debe estar al ingreso del templo y/o iglesia para que tome temperatura y vigile que se cumpla con la capacidad estipulada
En la celebración de cultos y oficios de cualquier denominación religiosa, se prohíben las reuniones masivas.

PALAPAS  Y SALONES DE FIESTAS

Salones de eventos, palapas, jardines y albercas
Horario límite de servicio hasta las 24:00 horas.
Capacidad de servicio al 40% 0 125 personas, lo que sea menor.
Si se usan mesas para 12 personas, máximo 8 personas.
Si se usan mesas para 10 personas, máximo 6 personas.
Uso obligatorio de cubrebocas.

GIMNASIOS

Gimnasios
Capacidad de servicio al 50% por área dentro del gimnasio.
Áreas ventiladas.
Horario de 05:00 a 24:00 horas.
Uso obligatorio de cubrebocas.
Garantizar la desinfección de cada aparato después de su uso.
Actividades deportivas al aire libre
Sin aforo
En deportes de equipo presentar 4 pruebas negativas a COVID-19 cada 14 días rotando jugadores, presentar en modalidad de prueba rápida.
Dos o más casos positivos del mismo equipo, se dará de baja el equipo.
Sin venta de alcohol.

FUTBOL SIN PUBLICO

Actividades deportivas en espacios cerrados
Solo deportistas, sin aforo.
En deportes de equipo presentar 4 pruebas negativas a COVID-19 cada 14 días, presentar en modalidad PCR.
Dos o más casos positivos del mismo equipo, se dará de baja el equipo.

CONCIERTOS Y ANTROS

Centros de espectáculos, tabernas, cabarets, centros nocturnos, discotecas, ferias, conciertos y shows.
Cerrados.

MITINES

Eventos masivos
Cerrados

PLAZAS Y JARDINES

En los municipios que se encuentren en Fase I y II, queda prohibido el uso de espacios públicos, como unidades deportivas, plazas y jardines municipales, equipamiento cultural, centros barriales o comunitarios y demás análogos.
El nuevo Acuerdo tendrá una vigencia hasta el 31 de enero del 2022; y se podrá suspender la vigencia del mismo en cualquier momento, además de ser adicionado o modificado, tomando en consideración las circunstancias que prevalezcan, en el avance, propagación o evolución del virus SARS- CoV2 (COVID-19).

HAZ CLICK AQUI PARA LEER EL DECRETO COMPLETO

TE PUEDE INTERESAR

Busca Ismael descongelar sus cuentas bancarias

 

You may also like

More in Local

Comments

Comments are closed.