‘Geño’ libra definitivamente la extradición a EU
Redacción
Ciudad Victoria, Tamaulipas.- El exgobernador de Tamaulipas, Eugenio Hernández Flores, libró de manera definitiva su extradición a los Estados Unidos.
Luego de que el Pleno del Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Decimonoveno Circuito concediera el amparo y ordenara dejar sin efectos la resolución mediante la cual la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) había autorizado su entrega al gobierno estadounidense.
En su resolución, el tribunal determinó que el acuerdo de extradición emitido el 2 de marzo de 2018 careció de exhaustividad, congruencia, debida fundamentación y motivación, al no atender adecuadamente las objeciones formuladas previamente por un Juez de Distrito, quien había considerado improcedente conceder la extradición.
Los magistrados señalaron que la SRE incumplió con los requisitos establecidos en el artículo 16 de la Constitución y en el artículo 30 de la Ley de Extradición Internacional, al no analizar ni responder de manera suficiente los argumentos técnicos que advertían la improcedencia de la solicitud formulada por las autoridades de Estados Unidos.
El fallo subraya que la negativa de extradición no constituye un acto de proteccionismo, sino el ejercicio de un mandato soberano del Estado mexicano, que prioriza el interés superior de la Nación, así como la obligación de garantizar la impartición de justicia y la reparación integral del daño en su propio territorio.
En ese sentido, el tribunal consideró acertada la opinión técnica del Juez de Distrito, la cual, aunque no es vinculante, debió ser tomada en cuenta por la Secretaría de Relaciones Exteriores al resolver el caso.
El tribunal estimó innecesario pronunciarse sobre el resto de los argumentos planteados en el recurso de revisión, al considerar que carecían de efectos prácticos frente a la determinación adoptada.
Ordenó también emitir una nueva resolución en la que niegue la extradición y turne el expediente a las autoridades nacionales, conforme a lo previsto en los numerales 1 y 2 del artículo 9 del Tratado de Extradición entre México y Estados Unidos.
La protección constitucional se hizo extensiva a los actos atribuidos al entonces Procurador General de la República y al Director del Centro de Ejecución de Sanciones de Ciudad Victoria, al tratarse de consecuencias derivadas del acuerdo impugnado.
Con ello, la Justicia de la Unión amparó y protegió a Eugenio Hernández Flores contra la resolución que autorizaba su entrega a Estados Unidos, donde era requerido únicamente por el cargo de asociación delictuosa para cometer lavado de dinero, dentro de un proceso seguido ante la Corte Federal de Distrito para el Distrito Sur de Texas.

















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