La Subsecretaría del Transporte Público del Gobierno del Estado de Tamaulipas, autorizó las nuevas tarifas del servicio de transporte público con un costo de 11 pesos para el público en general y 8 pesos para adultos mayores, estudiantes y personas con discapacidad pero en horario nocturno -después de las 10 de la noche- la tarifa sería de más de 13 pesos.
El incremento entró en vigor a a partir de este jueves 1 de agosto.
Este es el acuerdo publicado en el Periódico Oficial del Estado:
ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE ESTABLECEN LAS TARIFAS MÁXIMAS PARA LA PRESTACIÓN
DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO EN LA MODALIDAD DE RUTA DEL ESTADO DE
TAMAULIPAS.
ÚNICO. – Se autorizan como tarifas máximas para la prestación del servicio de transporte público en la modalidad de ruta del Estado de Tamaulipas, en los términos y condiciones que a continuación se detallan:
A.- Las tarifas que se autorizan se aplicarán en el servicio de transporte público en la modalidad de ruta del Estado de Tamaulipas, de acuerdo con la clasificación y términos siguientes:
B.- Dichas tarifas estarán vigentes del uno de agosto de dos mil veinticuatro y hasta que sean actualizadas por la Persona Titular de la Subsecretaría del Transporte Público.
C.- Las tarifas anteriores se aplicarán de lunes a domingo, de las 05:00 a las 22:00 horas. Fuera de este horario, se autoriza aplicar un incremento sobre las mismas de hasta un 20% (veinte por ciento) en los servicios públicos de transporte.
D.- La aplicación de la tarifa máxima de estudiante, será de lunes a viernes, en un horario de las 05:00 a las 22:00 horas; y en casos justificados cuando la Secretaría de Educación en Tamaulipas, acuerde que los estudiantes deberán de acudir a las instituciones educativas los días sábados y/o domingos, asimismo, fuera de estos casos no tendrá aplicación los días sábados, domingos, días festivos y períodos vacacionales.
E.- Para la aplicación de la tarifa máxima de estudiante, deberá presentarse la credencial vigente, expedida por las instituciones educativas públicas o privadas, con reconocimiento oficial, mediante la cual se acreditará la calidad de estudiante.
F.- Para la aplicación de la tarifa máxima de estudiante, las organizaciones, empresas de transporte o concesionarios del servicio, podrán formalizar con las instituciones públicas oficiales u organizaciones de estudiantes, los convenios específicos que estimen pertinentes para otorgar beneficios, o bien, facilitar la aplicación de esta tarifa.
G.- En el caso de la aplicación de la tarifa máxima para personas adultas mayores, éstas deberán presentar la credencial que otorgue el Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores o el Sistema DIF Tamaulipas.
H.- Para la aplicación de la tarifa máxima a personas con discapacidad que requieran un acompañante, ambos deberán exhibir la credencial que otorgue el Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores o el Sistema DIF Tamaulipas.
I.- Cuando en la prestación del servicio de servicio público de transporte se detecten credenciales falsas o adulteradas y que la misma haya vencido su periodo de vigencia, deberán de cobrar la tarifa general.
TRANSITORIOS
ARTÍCULO PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación en
el Periódico Oficial del Estado.
ARTÍCULO SEGUNDO. Se derogan las disposiciones administrativas que se opongan al presente Acuerdo.
Dado en la residencia de la Subsecretaría de Transporte Público del Estado de Tamaulipas, en Ciudad
Victoria, Tamaulipas, a los treinta y un días del mes de julio de dos mil veinticuatro.
ATENTAMENTE.- JOSÉ ARMANDO LARA VALDÉS.- SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE PÚBLICO
DEL ESTADO DE TAMAULIPAS.- Rúbrica
Comments